Capital sobrante del seguro de decesos: ¿cómo reclamarlo?

Si el funeral cuesta menos de lo previsto, el capital sobrante del seguro de decesos debe devolverse a quien corresponda
El capital sobrante del seguro de decesos es un concepto que muchas familias desconocen

Cuando fallece un familiar, lo último en lo que pensamos es en revisar facturas o comprobar cuánto dinero ha costado el funeral. Son momentos difíciles, llenos de decisiones y gestiones que debemos afrontar mientras intentamos asimilar la pérdida. Precisamente por eso, muchas familias desconocen un derecho importante: si el servicio funerario cuesta menos que el capital asegurado, la diferencia debe devolverse a quien legalmente corresponda.

Es lo que se conoce como capital sobrante del seguro de decesos. Una cantidad que puede alcanzar varios cientos de euros y que no tiene por qué quedarse en manos de la aseguradora.

Aunque esta posibilidad está reconocida expresamente en la legislación española, sigue siendo una de las cuestiones menos conocidas sobre los seguros de decesos.

«Las familias suelen preocuparse, lógicamente, por que todo esté organizado y sus seres queridos reciban una despedida digna. Pero también es importante que conozcan sus derechos y sepan qué ocurre con el dinero que no se utiliza», explican desde el equipo Comercial de Cosnor.

¿Qué es exactamente el capital sobrante del seguro de decesos?

El seguro de decesos está pensado para organizar y sufragar los servicios funerarios previstos en la póliza. Para ello, se establece una suma asegurada que sirve como referencia económica para cubrir las prestaciones contratadas.

Sin embargo, el coste real del funeral no siempre coincide con esa cantidad.

Imaginemos una situación sencilla:

  • Capital asegurado: 5.000 euros.
  • Coste efectivo del servicio funerario: 4.200 euros.
  • Capital sobrante del seguro de decesos: 800 euros.

En este ejemplo, los 800 euros de diferencia corresponden a la persona que tenga derecho a recibirlos.

Puede ocurrir porque determinados servicios resulten menos costosos de lo previsto o porque finalmente no sea necesario utilizar todas las prestaciones incluidas en el capital destinado al funeral.

Lo importante es entender que el capital asegurado no es una cantidad que la compañía pueda quedarse íntegramente con independencia del coste de los servicios prestados.

¿Qué dice la ley sobre la devolución del dinero sobrante?

La respuesta en relación con el capital sobrante del seguro de decesos se encuentra en el artículo 106 bis de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro.

Esta disposición establece que, cuando la suma asegurada supera el coste del servicio funerario prestado por la compañía, el exceso corresponde al tomador del seguro o, en su defecto, a los herederos.

Por tanto, la devolución del capital sobrante del seguro de decesos no es una cortesía comercial ni una ventaja exclusiva de determinadas aseguradoras. Es un derecho reconocido legalmente.

Conviene aclarar, además, que el tomador es la persona que contrata el seguro y asume las obligaciones derivadas del contrato. No tiene por qué coincidir necesariamente con la persona asegurada.

Por ejemplo, una hija puede contratar una póliza para cubrir los servicios funerarios de su padre. En una situación así, será necesario comprobar quién figura como tomador y quién tiene derecho a recibir la diferencia.

«Una de las funciones de una correduría es ayudar a interpretar estas situaciones y evitar que las familias tengan que enfrentarse solas a trámites que, en momentos especialmente delicados, pueden resultar complicados», señalan desde Cosnor.

¿Cómo se solicita la devolución del capital sobrante?

Aunque la liquidación depende de los procedimientos de cada aseguradora, conviene conocer los pasos que permiten comprobar si existe una cantidad pendiente de devolución.

  1. Localizar la póliza. Es importante identificar la compañía, el capital asegurado y las garantías contratadas.
  2. Solicitar información sobre el servicio funerario. La familia puede pedir el detalle de las prestaciones realizadas y la liquidación económica correspondiente.
  3. Comprobar si existe una diferencia. Hay que comparar el capital destinado al servicio con su coste efectivo, teniendo en cuenta las condiciones del contrato.
  4. Acreditar quién tiene derecho al cobro. La aseguradora puede solicitar documentación relativa al tomador o, cuando corresponda, a los herederos.
  5. Solicitar la devolución. Si existe capital sobrante del seguro de decesos, debe tramitarse su abono a la persona legitimada.

Un detalle importante: no todos los gastos relacionados con el fallecimiento tienen por qué computarse de la misma manera.

De hecho, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones ha analizado reclamaciones relacionadas con la liquidación de estas cantidades, especialmente cuando existen garantías adicionales, como el traslado del fallecido.

Por eso resulta fundamental revisar la póliza y comprobar qué conceptos corresponden al servicio funerario principal y cuáles están cubiertos mediante otras garantías.

¿Qué ocurre si la familia contrata el funeral por su cuenta?

Existe otra situación que conviene conocer. Puede suceder que los familiares organicen el funeral mediante una empresa distinta de la ofrecida por la aseguradora.

En estos casos, el artículo 106 bis también contempla que, cuando el servicio se haya realizado por medios diferentes de los proporcionados por la compañía, esta deba satisfacer la suma asegurada a los herederos, en los términos previstos legalmente.

Vista de una familia en un funeral, dispuesta a reclamar el capital sobrante del seguro de decesos

Es una situación distinta de la devolución del capital sobrante del seguro de decesos, porque no estamos hablando de una diferencia entre el capital y el coste del servicio prestado por la aseguradora, sino de una prestación que esta no ha realizado.

Por ello, antes de contratar servicios funerarios por cuenta propia, conviene consultar las condiciones de la póliza y las alternativas disponibles.

Revisar el seguro también es proteger los derechos de nuestra familia

El seguro de decesos tiene una finalidad especialmente valiosa: evitar preocupaciones económicas y organizativas a nuestros seres queridos cuando atraviesan un momento difícil.

Pero una buena protección también implica transparencia, información y respeto a los derechos de quienes contratan.

Conocer qué es el capital sobrante del seguro de decesos, cómo se calcula y quién puede recibirlo permite afrontar estos trámites con mayor tranquilidad.

En Cosnor ayudamos a nuestros clientes a comprender las coberturas de sus pólizas, revisar los capitales asegurados y resolver las dudas que puedan surgir durante la prestación del servicio.

Porque acompañar a una familia también significa procurar que, incluso en los momentos más difíciles, se respeten sus derechos y reciba exactamente aquello que le corresponde.

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