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El motivo principal por el que los dueños de inmuebles comerciales buscan un seguro de impago de alquiler de locales es garantizar el cobro de la renta mensual. A menudo, se pasan por alto las ventajas jurídicas de contar con una póliza de este tipo.
Las coberturas básicas del seguro de impago de alquiler de locales comerciales incluyen:
- Adelanto de mensualidades atrasadas a partir del segundo mes de impago.
- Indemnización por daños causados por actos vandálicos o malintencionados. Esta garantía afecta al inmueble y, dependiendo de las condiciones de la póliza, también a los bienes muebles.
- Estudio de viabilidad de la empresa arrendataria para garantizar su capacidad de pagar las cuotas mensuales acordadas en el contrato de alquiler.
A mayores, la mayoría de pólizas de seguro de impago de alquiler de locales incluyen una serie de garantías de protección jurídica que pueden pasar desapercibidas entre la letra pequeña del contrato. Por ejemplo, gestión del proceso de desahucio o resolución de conflictos con terceros, como vecinos o proveedores de servicios.
En este artículo, te desgranamos cuatro paquetes de ventajas legales que ofrece el seguro de impago de alquiler de locales para que saques el máximo provecho a tu póliza.
1. Asesoramiento legal inmediato
El seguro de impago de alquiler de locales comerciales viene con un equipo de abogados a tu disposición para todo lo relacionado con el contrato de alquiler y las obligaciones del inmueble.
Si te surge cualquier duda, puedes contactar directamente con un abogado especializado y recibir una respuesta inmediata en consulta telefónica.
Más interesante todavía: el equipo legal de la aseguradora se encarga de redactar y revisar todos los documentos legales relacionados con el alquiler. Desde la confección del propio contrato de alquiler hasta los comunicados al inquilino, a la comunidad de vecinos o a otros actores como proveedores de servicios.
EJEMPLO PRÁCTICO: Pongamos por caso que se van a realizar obras de mejora en el local, una actuación que corre a cargo del propietario del inmueble. En esta coyuntura, es necesario notificar en forma y plazo adecuados tanto al inquilino como a la comunidad de propietarios sobre qué obras se van a hacer, cuánto van a durar, cómo van a afectar al edificio, etc.
Con un seguro de impago de alquiler de locales, el equipo legal de la aseguradora, con amplia experiencia en estas lides, se encarga de redactar o revisar tu escrito para que cumpla con todos los requisitos necesarios.
2. Resolución de conflictos con el inquilino y con terceros
El equipo jurídico del seguro de impago de alquiler de locales comerciales se encarga de tramitar de principio a fin las reclamaciones necesarias por incumplimiento de contrato o cualquier otro conflicto relacionado con la propiedad.
Si tu inquilino deja de pagar el alquiler mensual, no abandona el local una vez terminado el contrato, o incumple cualquier otro punto del contrato de arrendamiento, no tienes que hacer nada. El seguro se ocupa de comunicar la reclamación amistosa al arrendatario para que pague las rentas atrasadas y desaloje el local.
Si este método no funciona, el equipo legal continúa el proceso, ya sea por vía administrativa, judicial o arbitral, y toma las acciones necesarias para hacer efectivo el desahucio del inquilino moroso y la recuperación de las rentas debidas.
La cobertura legal del seguro de impago de alquiler de locales se extiende a la resolución de conflictos con terceros que estén relacionados con el inmueble asegurado. Las situaciones potenciales en las que se puede hacer uso de este beneficio son múltiples y variadas.
Por ejemplo, en asuntos relacionados con la comunidad de propietarios, reclamaciones al vendedor del inmueble por incumplimientos de contrato o disputas con vecinos por cuestiones de lindes, servidumbres de paso, vistas, etcétera. Ante la duda, consulta directamente con tu aseguradora, porque es probable que puedan gestionar el asunto por ti.
EJEMPLO PRÁCTICO: Continuando con el caso de las obras de reforma del punto anterior, imaginemos que la compañía encargada realiza una instalación eléctrica defectuosa o no cumple con el plazo previsto en el contrato. La aseguradora se responsabiliza de ejecutar las reclamaciones oportunas, comenzando por la vía amistosa y continuando, hasta donde sea necesario, con un proceso administrativo, de mediación, judicial o arbitral.
3. Defensa legal y costes judiciales
La defensa legal en asuntos relacionados con el objeto asegurado es una cobertura habitual en las pólizas de seguros. En el caso del seguro de impago de alquiler de locales comerciales, se suele ofrecer defensa penal y también defensa subsidiaria de responsabilidad civil.
¿Qué significa esto? Por un lado, el equipo jurídico de la compañía aseguradora se hará cargo de la defensa del dueño del local en procesos penales por delitos de imprudencia, ya sea por omisión o acción, en su rol de arrendador. La póliza suele cubrir posibles adelantos de fianza, los honorarios del abogado y demás costes judiciales.
Por otro lado, este tipo de pólizas pensadas para proteger el patrimonio del arrendador, suelen incluir la defensa frente a reclamaciones por daños y perjuicios por parte de terceros. Se intenta resolver, primero, de forma amistosa y, si no tiene éxito, se lleva a la vía administrativa o judicial.
Esta es una garantía de refuerzo en caso de que el propietario no tenga un seguro de responsabilidad civil (por no ser obligatorio en su ámbito de actuación) o que la entidad con quien lo tiene contratado no lo cubra.
EJEMPLO PRÁCTICO: Los resultados poco satisfactorios de las obras de reforma del punto anterior han provocado un accidente en el que se ha visto afectado un cliente del establecimiento. El cliente interpone una demanda por lesiones contra el propietario del local, que es el responsable de las condiciones de seguridad del inmueble. En casos como este, el seguro de impago de alquiler de locales comerciales se encarga defender al propietario, ya sea en un proceso amistoso, administrativo o judicial.
4. Reclamación de daños y derechos ante terceros
La clave de las coberturas legales del seguro de impago de alquiler de locales es que no se limita a la relación contractual con el inquilino, sino que cubre una miríada de situaciones con otros actores que afectan directamente al inmueble asegurado.
Una de las prestaciones más interesantes en este sentido es la reclamación de derechos como consumidor en nombre del asegurado frente a proveedores de servicios, fabricantes, vendedores…
Siempre que un producto o servicio para el inmueble asegurado incumpla las condiciones de compra o contratación, el seguro se encarga de presentar las reclamaciones apropiadas de forma amistosa o por vía administrativa, judicial o arbitral.
Si tienes un seguro de impago de alquiler de locales, tu compañía aseguradora puede encargarse directamente de tus reclamaciones ante otras entidades aseguradoras o ante el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).
Puede ser el caso de que necesites reclamar porque la compañía se niega a cubrir un siniestro asegurado, o que hayas recibido una indemnización por debajo de la cuantía contratada, o con un retraso injustificado.
El seguro de impago de alquiler de locales comerciales también puede hacerse cargo de reclamaciones a terceros por daños causados en el inmueble. Hablamos del local en sí, no del equipamiento que tenga el inquilino para su negocio.
EJEMPLO PRÁCTICO: Imaginemos que tras hacer las obras de reforma que comentamos en los puntos anteriores, se produce una inundación en el local debido a la rotura de una tubería en la terraza comunitaria del edificio. Los abogados del seguro se pueden encargar de reclamar a la comunidad de propietarios una indemnización por los desperfectos causados.
La moraleja de este artículo es que tu seguro de impago de alquiler de locales comerciales puede asistirte en mucho más de lo que pensabas. Así que no dudes en consultar con tu aseguradora o correduría ante cualquier duda o conflicto relacionada con el inmueble asegurado o tus inquilinos.
Para tu información, el seguro de impago de alquiler de locales comerciales es una póliza que debe contratar el dueño o usufructuario del inmueble antes de firmar el contrato de arrendamiento con el comerciante.
Este tipo de póliza se puede aplicar para todo tipo de locales comerciales y oficinas, así como naves comerciales, de almacenamiento e industriales. Quedan excluidos los casos en los que el inquilino también viva en el local. En ese caso, debería consultar las condiciones del seguro de impago de alquiler de viviendas.